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Suspensión de la pena de prisión: cuándo se puede evitar entrar en la cárcel y cómo solicitarlo

Última modificación el 13 junio , 2025

¿Qué es la suspensión de la pena?

La suspensión de la pena privativa de libertad es un mecanismo legal mediante el cual el juez, una vez impuesta la condena, puede decidir que el condenado no entre en prisión, siempre que se cumplan una serie de condiciones. No es un indulto, ni elimina la condena: la pena queda en suspenso durante un tiempo, y si se cumplen ciertos requisitos, finalmente se extingue.

Pero si se incumple lo pactado o se comete un nuevo delito durante ese tiempo, la persona va a prisión.


¿Cuáles son los requisitos generales para suspender una condena de prisión?

Los requisitos estándar, recogidos en los artículos 80 a 87 del Código Penal, son:

  1. Que la condena sea igual o inferior a 2 años de prisión.
    Si hay varias condenas acumuladas, la suma no puede superar los 2 años.
  2. Que el condenado no tenga antecedentes penales.
    Se exige que no haya sido condenado antes por delito doloso.
  3. Que haya abonado la responsabilidad civil, o al menos que se comprometa a hacerlo mediante un plan de pagos.
  4. Que se valore favorablemente la reinserción del penado.

Si se cumplen estas condiciones, la suspensión suele concederse salvo excepciones graves.


¿Y si tengo antecedentes penales? ¿Aún puedo evitar la cárcel?

Sí. La ley contempla supuestos excepcionales en los que incluso personas con antecedentes pueden suspender su condena:

🔹 Artículo 80.5 CP – Casos de segunda oportunidad:

El juez podrá conceder la suspensión aunque el penado tenga antecedentes, si se cumplen TODAS estas condiciones:

  • Que las condenas anteriores estén ya canceladas o sean susceptibles de cancelación.
  • Que las condenas anteriores no supongan una reiteración delictiva grave.
  • Que el juez considere que la suspensión puede cumplir los fines de la pena.
  • Que la pena total no supere los 2 años.

Este es el caso típico de alguien que tuvo una condena menor hace años, y ahora sufre una nueva sentencia pero no tiene un perfil delictivo reiterado. En estos casos, una buena defensa penal puede ser determinante.


Suspensión por razones extraordinarias: enfermedad, drogadicción, inserción social…

Incluso cuando no se cumplen los requisitos estándar, el juez puede conceder la suspensión si concurren circunstancias excepcionales de humanidad o rehabilitación, por ejemplo:

  • Adicción a drogas o alcohol en proceso de rehabilitación.
  • Enfermedad grave que haría incompatible el ingreso en prisión.
  • Personas que tienen cargas familiares extremas, dependencia de menores o ancianos.
  • Situaciones sociales especialmente vulnerables, demostradas con informes.

En estos casos, el abogado debe solicitar una suspensión excepcional motivada, aportando informes médicos, sociales y penitenciarios. La clave es convencer al juez de que la prisión no cumple ninguna función útil en ese caso concreto.


Suspensión de penas por violencia de género, delitos sexuales o reincidencia

En delitos especialmente sensibles, como violencia de género, violencia doméstica o delitos sexuales, la suspensión es mucho más restrictiva. Se pueden imponer condiciones adicionales como:

  • Participar en programas de reeducación obligatorios.
  • Prohibición de aproximarse a la víctima.
  • Supervisión mediante servicios sociales.

No es imposible suspender una condena por estos delitos, pero hay que demostrar la voluntad de reparación y rehabilitación, y se aplican criterios más estrictos por parte de los jueces.


¿Qué documentos se necesitan para solicitar la suspensión?

  • Sentencia firme de condena.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Justificante de pago o plan de pagos de la indemnización.
  • Informes médicos, psicológicos o sociales si se solicita por causas extraordinarias.
  • Certificados de arraigo (trabajo, familia, domicilio, etc.).

El abogado penalista debe presentar un escrito de solicitud motivado, antes de que se inicie la ejecución de la pena. Si no se presenta a tiempo, se puede perder la oportunidad.


¿Cuánto dura la suspensión?

  • Entre 2 y 5 años, dependiendo de la gravedad del delito.
  • Durante ese tiempo, el penado no puede delinquir ni incumplir ninguna de las condiciones impuestas.
  • Una vez transcurrido ese plazo sin incidentes, la condena se extingue automáticamente.

¿Qué pasa si incumplo las condiciones?

Si durante el periodo de suspensión:

  • Cometes un nuevo delito,
  • No pagas lo que debes,
  • O incumples alguna de las condiciones (como alejarte de una persona),

el juez puede revocar la suspensión y ejecutar la condena completa de prisión, sin más oportunidades.


Evitar la prisión es posible, incluso en casos complicados

Mucha gente cree que una condena significa automáticamente entrar en la cárcel, pero eso no es cierto. El ordenamiento penal ofrece mecanismos para evitar el ingreso, incluso si se tienen antecedentes o circunstancias difíciles.

Lo importante es actuar rápido, con defensa jurídica seria y bien fundamentada.

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