Última modificación el 30 julio , 2025
El delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar está regulado en el artículo 468 del Código Penal y es una infracción que puede acarrear consecuencias penales especialmente graves, como el ingreso en prisión o la revocación de suspensiones previamente acordadas.
En Exculpa Abogados, despacho especializado en Derecho Penal, prestamos asesoramiento legal desde las fases más tempranas del procedimiento, incluyendo la asistencia a detenidos por quebrantamiento, una etapa crítica en la que contar con un abogado penalista experimentado marca la diferencia.
¿Qué se considera delito de quebrantamiento según el Código Penal?
El artículo 468 del Código Penal castiga diversas formas de quebrantamiento de resoluciones judiciales:
“1. Los que quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia, serán castigados con pena de prisión de seis meses a un año si estuvieran privados de libertad, y con pena de multa de doce a veinticuatro meses en los demás casos.
2. Se impondrá en todo caso pena de prisión de seis meses a un año a quienes quebranten una pena o medida cautelar de las previstas en el artículo 48 del Código Penal, o una medida de la misma naturaleza cuando el ofendido sea una de las personas del artículo 173.2 CP (víctimas de violencia de género o violencia doméstica).
3. También se castiga con pena de multa de seis a doce meses la inutilización, perturbación o uso indebido de dispositivos electrónicos de control (como pulseras telemáticas), así como su omisión o manipulación negligente.”
Consecuencias legales del quebrantamiento: una infracción con alto riesgo penal
En la práctica penal, este tipo de delitos suele ir acompañado de una carga procesal adicional:
- Revocación de la suspensión de una condena previa, incluso por hechos completamente distintos.
Por ello, es fundamental contar con un abogado que pueda comprobar la existencia de suspensiones de condena previas y asesorar con conocimiento de causa. En caso de conformidad teniendo una pena suspendida es altamente probable que se revoque la misma y tengas que cumplirla.
- Ingreso en prisión provisional, si el quebrantamiento afecta a una medida cautelar penal y existe riesgo de reincidencia, especialmente en casos de violencia de género, por delitos de amenazas graves, acoso o maltrato habitual.
Piensa que la orden de alejamiento es una medida cautelar que establece el Juzgado para evitar que el investigado se acerque a la víctima.
Si esa medida falla, el Juzgado estaría legitimado para acordar otra medida cautelar que sí cumpla con dicha finalidad: como puede ser la prisión provisional.
- Agravamiento de la posición procesal del investigado en el procedimiento principal.
En el caso de quebrantamiento de medida cautelar, un quebrantamiento no ayuda -que digamos- a la llevanza del asunto principal donde se acordó la orden.
Si quebrantas, existe menor probabilidad que la orden de alejamiento o prohibición de comunicación se elimine o se modifique en favor del investigado.
Piensa que si quebrantas la orden, el Juzgado no va a confiar en ti, pensará que eres capaz de hacerlo de nuevo, como es lógico.
Por tanto, no se trata de un trámite menor: el quebrantamiento puede reactivar condenas anteriores, generar nuevas medidas cautelares o incluso forzar una acusación más severa por parte del Ministerio Fiscal.
¿Por qué es esencial contar con un abogado penalista en estos casos?
La asistencia letrada en este tipo de procedimientos no es un simple acompañamiento formal. Es una labor técnica y estratégica. Un abogado penalista con experiencia:
- Analiza el conjunto del expediente, incluyendo antecedentes y medidas previas. Sobre todo, para evitar que este “nuevo” procedimiento penal por delito de quebrantamiento de la orden de alejamiento pueda repercutir negativamente en otros procedimientos del encausado.
- Detecta riesgos de revocación de condenas suspendidas que el abogado de oficio o un profesional generalista puede desconocer.
- Garantiza una defensa técnica procesal que pueda cuestionar la legalidad de la detención, de las medidas cautelares previas o incluso del supuesto quebrantamiento.
- Asiste en sede policial desde el primer momento, donde se decide en gran parte la dirección del procedimiento.
- Prepara con rigor la declaración judicial, especialmente si existe riesgo de prisión preventiva.
En delitos de quebrantamiento, el momento de actuar es inmediato. Cada decisión procesal —desde si declarar o guardar silencio, hasta la argumentación en fase de medidas cautelares— puede marcar la diferencia entre continuar el procedimiento en libertad o ingresar en prisión provisional.
Una defensa con visión global y técnica
En Exculpa Abogados abordamos este tipo de casos desde una perspectiva integral, teniendo en cuenta no solo el procedimiento actual, sino también los efectos colaterales que puede producir. Nuestra intervención no se limita a la asistencia puntual: realizamos una valoración estratégica del conjunto de tu situación penal, anticipándonos a las consecuencias y diseñando una defensa adaptada, técnica y realista.
El quebrantamiento de condena o medida cautelar no es un trámite ni una simple infracción: es un delito que conlleva pena de prisión y puede reactivar procedimientos anteriores. La defensa en estos casos no puede improvisarse. Se requiere conocimiento técnico, experiencia específica en derecho penal y capacidad de anticipación.
Si te han detenido o estás siendo investigado por un delito de quebrantamiento, asegúrate de contar con un abogado penalista con experiencia. La primera decisión legal es, muchas veces, la que define el resto del procedimiento.
Tu defensa empieza aquí.
Salvador Castillejo Leonés, abogado colegiado en el ICAS (nº 16.040), es experto en Derecho Penal y graduado en Derecho y Ciencias Políticas por la Universidad Pablo de Olavide. Con un Máster en Abogacía y Derecho de la Contratación, ha publicado en la revista La Toga y complementa su experiencia con formación en Derecho Mercantil.